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Fondo Brugal para la Educación

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El FONDO PARA LA EDUCACIÓN es un programa creado por la Fundación Brugal en el año 2005 para incentivar y promover la excelencia académica en la educación universitaria por medio de becas para aquellas áreas que se consideran prioritarias para el desarrollo del país. Con esto, el Fondo busca colaborar en la preparación de las futuras generaciones dominicanas.

BASE DE LA CONVOCATORIA PARA BECAS

El Fondo Brugal para la Educación es un programa de la Fundación Brugal creado en el año 2005. Tiene como fin incentivar y promover la excelencia académica en la educación universitaria, en aquellas áreas que se consideran prioritarias para el desarrollo del país y colaborar en la preparación de las futuras generaciones dominicanas, tomando en cuenta las necesidades tecnológicas que demanda la nación en el Siglo XXI, así como el liderazgo y los valores ciudadanos que deben acompañar su progreso.

La República Dominicana requiere, con urgencia, elevar el nivel educativo general de la población y lograr que los sectores productivos cuenten con personal preparado, capaz de contribuir a un mejor desempeño competitivo del país en los mercados internacionales. Es por ello que la Fundación Brugal se ha propuesto hacer un aporte para tan grandes retos, poniendo a disposición de jóvenes talentos dominicanos, de recursos limitados, algunas becas para que puedan realizar estudios de Pregrado en universidades nacionales.

Sin embargo, la Fundación Brugal considera que el progreso generalizado del país no puede lograrse con profesionales que solo buscan un beneficio individual, desinteresándose por el bienestar del resto de los ciudadanos. En ese sentido, la Fundación quiere reconocer a estudiantes que tienen un alto rendimiento académico y han demostrado un liderazgo orientado a rendir un servicio al país, a través del trabajo social realizado en pro del desarrollo de sus comunidades.

El Fondo cuenta con un Comité Asesor, que constituye su máximo organismo normativo y de gobierno. Está integrado por siete miembros, siendo cuatro de ellos personas no vinculadas con Brugal y sus empresas y los tres restantes, representantes de la Fundación Brugal. A ese Comité le corresponde aprobar el Reglamento del Fondo de Becas, tomar las decisiones correspondientes a la selección final de los/las estudiantes a reconocer y tomar las decisiones relativas a la aplicación del Reglamento y a cualquier aspecto no previsto en el mismo.

DISPOSICIONES PARA LAS CONCESIONES DE LAS BECAS

PRIMERA. Participantes y requisitos: Se aceptarán solicitudes de becas de estudiantes que ingresan por primera vez o que ya están activos en el Sistema Nacional de Educación Superior de la República Dominicana, que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Tener ciudadanía dominicana, según consta en la Constitución de la República.
2. Demostrar un alto rendimiento académico, no menor a 85 puntos, como promedio general del Bachillerato, en el caso de estudiantes de nuevo ingreso a la universidad. Si el estudiante ha cursado solo un período educativo en la universidad, el índice académico a considerar será el del Bachillerato; si ha estudiado por dos o más períodos, se le requerirá un índice acumulado no menor a 3.0.
3. Demostrar dotes de liderazgo e involucramiento en proyectos comunitarios y de bien social.
4. Haber escogido realizar estudios en alguna de las carreras elegibles por el Fondo de Becas.
5. Demostrar admisión (estudiantes nuevos) o inscripción (estudiantes activos) en alguna de las Instituciones de Educación Superior (IES) dominicanas.
6. Demostrar necesidad de ayuda económica para cursar sus estudios. Se realizará visita domiciliaria y se requerirá demostración del ingreso familiar.
7. Estar dispuesto/a a cumplir con las disposiciones y normas del Fondo de Becas.

SEGUNDA. Modalidades de becas: Los/las estudiantes del nivel educativo superior podrán acceder a dos modalidades de becas:

Becas para obtención de Grado, que pueden solicitar tanto los/las estudiantes de nuevo ingreso al nivel educativo superior (provenientes del Bachillerato), como los/las estudiantes que ya están estudiando en una universidad, pero que todavía no han obtenido su título de grado.

TERCERA. Modalidades de las ayudas y cobertura: Los recursos del Fondo se proveerán de la siguiente manera:

Becas completas, para Grado que cubrirán los siguientes renglones:

• El valor total del número de créditos que corresponda al programa académico o la carrera universitaria de el/la beneficiario/a, tomando en cuenta su distribución oficial por trimestre, cuatrimestre o semestre.

• Los derechos de inscripción.

• Un subsidio para libros (discrecional, según el caso).

• Un subsidio para transporte y alimentación (discrecional, según el caso).

Becas parciales de Pregrado que cubrirán los siguientes renglones:

• Dos tercios del valor del número de créditos que corresponda al programa académico o la carrera universitaria de el/la beneficiario/a, tomando en cuenta su distribución oficial, por trimestre, cuatrimestre o semestre.

• Los derechos de inscripción.

Como parte del proceso de evaluación de las solicitudes de becas, el organismo rector del Fondo decidirá sobre la adjudicación de recursos totales o parciales y subsidios, en cada caso, tomando en cuenta el nivel de ingreso familiar de el/la solicitante, asociado a su mérito académico y su liderazgo e involucramiento en proyectos comunitarios y de bien social.

CUARTA. Carreras elegibles en la presente Convocatoria: El Fondo concederá becas para obtener titulación de Grado en las siguientes áreas del conocimiento:

Analista Programador de Computadoras • Biología • Ciencias Ambientales • Diseño Industrial • Educación a nivel medio, Mención Ciencias (Matemáticas, Física, Química, Biología) • Estadística y Métodos Cuantitativos • Física • Geología • Ingeniería Eléctrica • Ingeniería Electrónica • Ingeniería Electrónica en Computadora • Ingeniería Electrónica en Comunicación • Ingeniería Industrial • Ingeniería Mecánica • Ingeniería Sanitaria y Ambiental • Ingeniería en Sistema de Computación • Ingeniería en Sistema de Información • Ingeniería Telemática • Ingeniería Química • Ingeniería Mecatrónica • Biotecnología • Matemáticas • Química • Telecomunicaciones de Datos

QUINTA. Instituciones de Educación Superior (IES) participantes: Los/las solicitantes de becas pueden escoger estudiar en cualquier IES dominicana que cumpla con los siguientes criterios:

1. Su oferta curricular corresponde con las áreas del conocimiento seleccionadas por el Fondo.
2. Su organización curricular garantiza una duración de la carrera elegida, similar a la de otras IES.
3. Su tasa de graduación es igual o superior al promedio de todas las IES.
4. Cuenta con facilidades de infraestructura adecuadas.
5. Tiene un alto grado de eficiencia administrativa.
6. Tiene experiencia en el manejo de programas de becas (como valoración adicional).

7. Tiene disposición de alianza con la Fundación Brugal.

SEXTA. Condiciones de la adjudicación de las becas:

1. Requisitos para mantener la beca:
1.1 Mantener un índice académico acumulado de 3.0 ó más y nunca menos de 2.5 en los períodos educativos individuales. En caso de que el/la becado/a no alcance alguno de los índices mínimos requeridos en un período educativo, perderá el derecho al disfrute de la beca.
1.2 Llevar a cabo actividades de servicio social de su preferencia, ya sea directamente, o ejerciendo un liderazgo duradero para involucrar a otros en esas actividades.

2. Carga académica: Todo/a estudiante favorecido/a con una beca del Fondo Educativo, deberá llevar una carga académica regular, según lo establece el programa de la IES en la que estudia.

En caso de que el/la estudiante tenga que llevar una carga académica por debajo de la norma, debe disponer de una autorización de la Unidad de Becas de la IES e informar a la Fundación Brugal sobre dicha medida.

3. Baja estudiantil e interrupción de los estudios o la beca:
3.1 La baja estudiantil no es admitida por el Fondo, en cuyo caso el/la becado/a se obliga a rembolsar al Fondo el equivalente al 50% de los costos ejecutados, atribuibles a el/la estudiante.
3.2 La interrupción de los estudios sólo se considerará válida y aceptable si cumple con todas las siguientes condiciones:

a. Existe una causa de fuerza mayor, entendiéndose por ello, razones fuera del alcance de el/la becado/a.
b. La interrupción no sobrepasa un período educativo.
c. La IES respalda dicha interrupción ante el Fondo.

3.3 En caso de que el/la becario/a decida interrumpir la beca, se obliga a rembolsar al Fondo el equivalente al 50% de los costos ejecutados, atribuibles a el/la estudiante.

4. Retiro y reprobación de asignaturas:

4.1 Todo/a beneficiario/a de una beca del Fondo podrá retirar hasta un total acumulado de tres asignaturas atribuibles a su carrera, presentando la debida justificación a la Fundación Brugal y contando con el respaldo de su universidad. El valor de las asignaturas tomadas por segunda vez, será cubierto por el/la becario/a.

4.2 Todo/a beneficiario/a de una beca del Fondo podrá reprobar sólo una materia durante toda su carrera, sin perder el derecho al disfrute de la beca. No obstante, el costo de matriculación de la asignatura reprobada deberá ser cubierto por el/la becario/a.

5. Cambio de carrera:

5.1 El Fondo sólo admitirá cambios de carrera si el/la becario/a cumple con todas las siguientes condiciones:
a. La nueva carrera elegida es atendida por el Fondo.
b. El cambio se produce durante el ciclo educativo básico.
c. Cuenta con una evaluación y aprobación del Departamento de Orientación de la IES.

5.2 El Fondo sólo cubrirá, para la nueva carrera, un valor similar o menor al de la carrera sustituida.

5.3 El Fondo restará del valor total de la beca, el valor de los créditos cubiertos y no convalidados en la nueva carrera.

SÉPTIMA. Pasos y criterios de adjudicación:

1. Se hará una precalificación que estará basada en el cumplimiento con los requisitos y las informaciones iniciales sobre el ingreso familiar.

2. Los/las solicitantes precalificados/as serán invitados/as a una entrevista personal en las oficinas de la Fundación Brugal, de cuyos resultados saldrá una lista de preseleccionados/as.

3. Se realizará una visita domiciliaria a los/las preseleccionados/as, en la que se debe comprobar su ingreso familiar, mediante documentación razonable.

4. El Comité Asesor del Fondo hará una evaluación de cada caso y determinará si la ayuda procede. En caso afirmativo, determinará la modalidad de ayuda que se le adjudicará y su decisión será inapelable.

5. La Fundación Brugal convocará a los/las beneficiarios/as finales, con quienes se realizarán los trámites faltantes de la concesión, los cuales involucran a las IES.

OCTAVA. Plazo de solicitud: Las solicitudes correspondientes a la presente Convocatoria podrán presentarse hasta la fecha que se anuncie por diferentes medios de comunicación pública.

NOVENA. Documentación para la solicitud: Las solicitudes se deben presentar utilizando el Formulario de Solicitud de Beca establecido por el Fondo, el cual contiene orientaciones sobre la documentación que se precisa. Dicho formulario puede ser obtenido directamente en la sede de la Fundación Brugal, en horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. hasta las 5:00 p.m., o accediendo a través de su portal en la red: www.funcacionbrugal.org

NOTA IMPORTANTE: El formulario de solicitud, debidamente completado, DEBE SER ENTREGADO, FÍSICAMENTE, JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA, en nuestras oficinas, antes de la fecha y hora anunciada. No se considerarán solicitudes con documentación incompleta.

FORMULARIO EN PDF
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